Resumen del criterio jurisprudencial
1. - La transformación de un sindicato de empresa en una organización interempresa no implica el nacimiento de una nueva organización, manteniéndose vigentes sus estatutos acordes con las rectificaciones introducidas. 2. - El Sindicato Interempresas Nacional de Telecomunicaciones, SINATE, deberá en la próxima elección de Directorio dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 235, inciso 3º y 236 del Código del Trabajo y artículo 35º de sus Estatutos.