Resumen del criterio jurisprudencial
Los transportistas Luis Leonardo Rojas García y Mario Enrique Traillanca Miranda, en representación de la Asociación Gremial "Transporte Mayor de Pasajeros de Osorno", interpusieron una acción de amparo económico contra el Ministerio de Transportes y sus dependencias, alegando que la exclusión de la licitación pública de buses eléctricos y diésel vulneraba su libertad económica consagrada en el art. 19 N°21 de la Constitución. Argumentaron que la medida les causaba un grave perjuicio económico al impedirles participar en el proceso de contratación y al dejar sin efecto la inversión realizada en la renovación de sus microbuses. La parte demandada sostuvo que la exclusión se inscribe dentro del marco de los "perímetros de exclusión" establecidos por la Ley N°18.696 y que la autoridad actúa dentro de sus competencias. La Corte de Apelaciones de Valdivia, tras analizar la normativa y la jurisprudencia, concluyó que no se había demostrado la existencia de un acto ilegal o arbitrario ni una vulneración de la libertad económica. En consecuencia, se rechazó la acción de amparo económico sin costas, manteniéndose la licitación en curso.