Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Leónidas Ancamilla Ñanculef, interpuso un recurso de protección contra Forestal Tornagaleones S.A., alegando que la empresa realizó plantaciones de árboles sin respetar la distancia legal respecto de un estero del cual es titular de derechos de aprovechamiento de aguas, lo que provocó su sequía. La empresa recurrida sostuvo que transfirió el inmueble a la sociedad Hankook Chilean Plantation SpA con fecha 24 de marzo de 2014, y que las plantaciones fueron realizadas por el actual propietario. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada que había acogido el recurso, y en su lugar lo rechazó, señalando que la controversia no corresponde ser resuelta mediante esta acción cautelar, ya que no se trata de una instancia de declaración de derechos, sino de protección de derechos preexistentes e indubitados. La Corte concluyó que no se cumplen los presupuestos para acoger la acción, sin perjuicio de otras acciones que pudieran corresponder al recurrente.