Comercial

Artículo del Código de Comercio chileno que regula los seguros marítimos.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno que regula los seguros marítimos. Establece que no es necesario dar aviso de dejación al asegurador cuando la avería o accidente hace imposible que éste adopte medidas para recuperar la cosa siniestrada o disminuir los efectos del siniestro.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.