Familia

Ley 19.947 sobre matrimonio civil, artículo 7 transitorio.

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley 19.947 sobre matrimonio civil, artículo 7 transitorio. Establece que las incapacidades para contraer matrimonio referidas a imputados se aplican a los procesados en causas criminales por hechos anteriores a la reforma procesal penal de la región respectiva. Norma de derecho transitorio que adecúa la ley a la nueva terminología procesal penal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.