Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula la notificación de la liquidación de avería gruesa. Establece que el liquidador debe comunicar los resultados a los interesados mediante carta certificada enviada por un ministro de fe. Si no se objeta dentro de 45 días desde el envío, el interesado queda obligado al pago de su cuota de contribución.