Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula la prelación de créditos, específicamente la primera clase de créditos preferentes. Enumera las causas que gozan de preferencia, como costas judiciales, gastos funerarios y de enfermedad, remuneraciones laborales, cotizaciones de seguridad social, alimentos debidos por ley, créditos del fisco y otros, con límites y condiciones establecidas.