Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula las fundaciones de beneficencia administra…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula las fundaciones de beneficencia administradas por una colección de individuos. Establece que se regirán por los estatutos dictados por el fundador, y en caso de omisión o incompletitud, se procederá según lo indicado en el inciso segundo del artículo 558.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.