Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de si un municipio puede otorgar una subvención a un centro de padres y apoderados con personalidad jurídica para ejecutar una obra de techado en beneficio de la comunidad escolar, aun cuando la obra se realice en un inmueble particular. El órgano concluyó que la subvención se vincula con la función municipal de educación, que beneficia a parte de la comunidad escolar por ser usuaria del espacio, y que existió acuerdo del concejo municipal, cumpliéndose los requisitos de la Ley N° 18.695 para su otorgamiento. Sin embargo, advirtió que la formalización exige un convenio entre el municipio y la organización beneficiaria, conforme a la Ley N° 19.418, el que no constaba en los antecedentes. En consecuencia, requirió remitir dicho convenio en un plazo de 10 días, precisando que el otorgamiento se ajustará a derecho si el convenio fue suscrito. Además, indicó que la subvención anual de apoyo al mantenimiento de establecimientos educacionales, de competencia del Ministerio de Educación, es otro instrumento idóneo para financiar gastos educacionales.