A.G.S. presenta un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto d…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022
Resumen
A.G.S. presenta un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 195 y 196 ter de la Ley N° 18.290 (Código de Tránsito), en el contexto de un proceso penal por el delito de huir del lugar del accidente sin prestar ayuda. El requirente alega que las disposiciones impugnadas vulneran los artículos 1° y 19 de la Constitución Política, así como tratados internacionales de derechos humanos, por establecer una diferencia de trato sin fundamentos razonables y objetivos. El Tribunal Constitucional rechaza la solicitud de inaplicabilidad, considerando que la regulación tiene justificación constitucional al buscar proteger la seguridad vial y responsabilizar a quienes cometen conductas que generan efectos dañosos a terceros. La sentencia enfatiza que la conducta de huir del lugar del accidente refleja un patrón conductivo que justifica el tratamiento diferenciado establecido por el legislador.
Normas citadas
Artículo 1° Constitución Política de la República
Artículo 19, numerales 2° y 3°, inciso sexto Constitución Política de la República
Artículo 195 Ley N° 18.290
Artículo 196 ter Ley N° 18.290
Artículo 176 Ley N° 18.290
Artículo 38 Ley N° 18.216
Artículo 2.1 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 26 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
igualdad ante la leycódigo de tránsitodelito de fugapena sustitutivaseguridad vialinaplicabilidad por inconstitucionalidadderechos humanosproporcionalidad
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.