Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula los seguros marítimos, estableciendo que la cosa asegurada objeto de dejación queda afecta con privilegio preferente al pago de la cantidad asegurada, por sobre otros créditos privilegiados, salvo los créditos sobre la nave señalados en los artículos 844, 845 y 846.