Constitucional

Artículo de la Constitución Política chilena que regula la existencia y nombramiento de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Constitución Política chilena que regula la existencia y nombramiento de los Fiscales Regionales. Establece que son nombrados por el Fiscal Nacional a partir de una terna propuesta por la Corte de Apelaciones respectiva. Define los requisitos de edad, título y ciudadanía, y fija un período de ocho años en el cargo sin posibilidad de reelección inmediata.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.