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El órgano de control señaló que la Ley N° 21.802 incorporó estos vehículos al concepto…

Noticia · 2026

Resumen

El órgano de control señaló que la Ley N° 21.802 incorporó estos vehículos al concepto de emergencia, pero no definió si corresponde licencia clase A o clase F para conducirlos.

La Contraloría determinó que existe un vacío legal sobre la licencia exigible para conducir vehículos de seguridad municipal.La Ley N° 21.802 incorporó estos vehículos al concepto de vehículo de emergencia, pero no modificó las clases de licencia previstas en la Ley de Tránsito.El órgano de control señaló que la indefinición no puede ser solucionada mediante interpretación administrativa.La situación fue comunicada al Ejecutivo y al Congreso para los efectos correspondientes.

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