Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Cristian Bahamondez López, en representación de la parte demandada Diego Edmundo Álvarez Molina, interpone recurso de hecho contra la resolución del Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Florida que declaró improcedente el recurso de apelación deducido en subsidio de una reposición. El recurrente sostiene que la resolución impugnada altera la substanciación regular del juicio al tener por notificado al demandante de la resolución que recibió la causa a prueba y por acompañada lista de testigos, cuando el término probatorio ya estaba vencido. La jueza informa que la notificación se realizó por cédula el 27 de febrero de 2026 y que el demandante se notificó expresamente el 9 de marzo de 2026, por lo que el término probatorio comenzó desde la última notificación. La Corte concluye que la resolución recurrida no altera la substanciación regular ni recae sobre un trámite no previsto por la ley, por lo que la apelación subsidiaria era improcedente. En consecuencia, se rechaza el recurso de hecho.