Resumen del criterio jurisprudencial
devuelve resoluciones de la direccion general de aguas, que deniegan solicitudes de constitucion de derechos de aprovechamiento de aguas en cursos y vertientes ubicados en provincia de cautin, novena region, por no existir recursos disponibles en los lugares en donde estos se piden, porque estas medidas adoptadas el 20/4/90 no proceden, por cuanto a traves de res 211/90 de esa direccion, tramitada el 16/4/90, se delego en los directores regionales de la misma, entre otras facultades, la de "dictar las resoluciones denegatorias de solicitudes de derecho de aprovechamiento, cuando no existe disponibilidad del recurso o no fueren legalmente procedentes, en virtud del art/141 inc/fin del codigo de aguas". conforme a ello y acorde ley 18575 art/43 lt/e, cuyo texto previene que el delegante no p