Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que regula la integración de los concejos municipales. Establece que los concejales son elegidos por votación directa con representación proporcional, duran cuatro años y pueden ser reelegidos. Define el número de concejales según la cantidad de electores de la comuna, determinado por resolución del Director del Servicio Electoral.