Administrativo

para subestaciones y líneas de transmisión zonal.......................................…

Resumen del criterio jurisprudencial

para subestaciones y líneas de transmisión zonal............................................................................................................... 3 _____________________________________________________________ Dictamen N° Parte 14 3 de 3 DICTAMEN Nº 12 – 2021 Parte 14 4 ESTUDIO DE LAS DISCREPANCIAS, FUNDAMENTOS Y DICTAMENES 4.14 Luz Linares S.A. 4.14.1 Discrepancia 1: Porcentaje de utilidad del contratista Esta discrepancia fue analizada de manera conjunta con otras formuladas respecto de la misma materia. Por lo anterior, se da por reproducido lo dictaminado en el apartado 4.4.2, correspondiente a la Discrepancia 2 de Chilquinta Transmisión S.A.: Porcentaje de utilidad del contratista. 4.14.2 Discrepancia 2: Descuentos por volumen Esta discrepancia fue analizada de manera conjunta con otras de la misma naturaleza. Por lo anterior, se da por reproducido lo dictaminado en el apartado 4.4.5 correspondiente a la Discrepancia 5 de Chilquinta Transmisión S.A.: Descuentos por volumen aplicados a los precios de materiales y metodología de aplicación. 4.14.3 Discrepancia 5: Cálculo de flete para subestaciones y líneas de transmisión zonal Esta discrepancia fue analizada de manera conjunta con otras formuladas respecto de la misma materia. Por lo anterior, se da por reproducido lo dictaminado en el apartado 4.4.4, correspondiente a la Discrepancia 4 de Chilquinta Transmisión S.A.: Error en el cálculo de flete para subestaciones y líneas de transmisión zonal.

Panel de Expertosenergíadictamen

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.