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Artículo de la Ley 20.720 que regula las materias que debe tratar la Junta Constitutiva…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 20.720 que regula las materias que debe tratar la Junta Constitutiva en el procedimiento concursal de liquidación de empresas y personas. Establece la rendición de cuenta del liquidador provisional, la ratificación o designación de liquidadores, la programación de juntas ordinarias, la elección de presidente y secretario, y la presentación de un plan de realización de bienes del deudor.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.