Resumen del criterio jurisprudencial
I.- se acoge el acta de denuncia n°6 de fecha 23 de septiembre de 2016, en cuanto se encuentran acreditada la comisión de la infracción tributaria descrita y sancionada en el inciso primero del artículo 97 n° 4 del código tributario, por parte de la contribuyente. consumada y en calidad de autor. ii.- aplíquese a la contribuyente, agencia de aduana ricardo fuenzalida polanco y compañia limitada, rut n°87.502.800-6, una multa de $65.290.075 (sesenta y cinco millones doscientos noventa mil setenta y cinco pesos), equivalente al 100% del perjuicio fiscal involucrado renta 1º categoría, causado en la comisión de la infracción tributaria prevista y sancionada en el inciso primero del artículo 97 n° 4 del código. iii.- conforme lo dispuesto en el artículo 6° letra b número 6 del código tributario, dese cumplimiento por parte de la sr. director regional del servicio de impuestos internos mediante la emisión del giro de la multa aplicada, una vez ejecutoriada la presente sentencia.