La Corte Suprema analiza la procedencia de una solicitud de rectificación de errores en…
Sentencia · Corte Suprema · 2016
Resumen
La Corte Suprema analiza la procedencia de una solicitud de rectificación de errores en declaraciones de impuestos presentada fuera de los plazos y condiciones establecidos por la ley. El tribunal determina que el artículo 21 del Código Tributario es aplicable solo al procedimiento administrativo de fiscalización, no al procedimiento judicial regulado por la Ley Nº 20.322. La rectificación de errores conforme al artículo 127 del Código Tributario solo procede cuando existe una reliquidación de impuestos y debe interponerse conjuntamente con el reclamo. En el caso analizado, la solicitud de rectificación fue presentada más de dos años después de la demanda inicial y cuando ya existía resolución en primera instancia, por lo que resulta improcedente. La Corte rechaza la pretensión de analizar los gastos consignados en la nueva declaración de impuestos, considerando que excede la competencia de la Corte de Apelaciones.
Normas citadas
Artículo 21 del Código Tributario
Artículo 123 del Código Tributario
Artículo 124 del Código Tributario
Artículo 127 del Código Tributario
Artículo 132 del Código Tributario
Artículo 148 del Código Tributario
Ley Nº 20.322
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