Resumen del criterio jurisprudencial
La contribuyente Astrid Reisenegger Rometsch, representada por el contador Hugo Peña Arias, interpuso un reclamo en contra de la Liquidación N° 322 de fecha 13 de abril de 2017, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, por un monto de $58.802.716. El Tribunal, previo a resolver, solicitó que se acreditara la representación conforme al artículo 129 del Código Tributario, que exige patrocinio de abogado para causas superiores a 32 UTM. Se otorgó un plazo de tercero día para subsanar, bajo apercibimiento de tener por no interpuesto el reclamo. La parte reclamante no cumplió con el requisito dentro del plazo, ya que el poder fue autorizado de forma extemporánea, dos días después de vencido el plazo. En consecuencia, el Tribunal resolvió tener por no interpuesto el reclamo, por no haberse comparecido conforme a la ley. La resolución se dictó el 10 de agosto de 2017.