Propiedad intelectual

Ley chilena de propiedad industrial.

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley chilena de propiedad industrial. Establece un plazo de quince días desde la notificación de resoluciones en procedimientos de registro marcario, para corregir de oficio o a petición de parte errores de hecho manifiestos, tanto en instancias con oposición como sin ella, aplicable en primera y segunda instancia.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.