Penal

Artículo del Código Procesal Penal chileno que regula las costas en el proceso penal.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Procesal Penal chileno que regula las costas en el proceso penal. Establece que las costas son de cargo del condenado, y que la víctima o querellante que abandonare su acción las soportará. El tribunal puede eximir total o parcialmente del pago por razones fundadas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.