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Artículo de la Ley 18.045 sobre mercado de valores que regula el procedimiento de inscr…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 18.045 sobre mercado de valores que regula el procedimiento de inscripción en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores. Establece un plazo de 30 días para que la Comisión se pronuncie, el cual se suspende si se solicitan modificaciones o información adicional, y ordena la inscripción dentro de los tres días siguientes a la subsanación de defectos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.