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El 6 de febrero de 2020, el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y Biob…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 6 de febrero de 2020, el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y Biobío resolvió el reclamo interpuesto por Daniel Guillermo Torrealba Lewin contra el Servicio de Impuestos Internos respecto al avalúo fiscal del inmueble ubicado en el Condominio Villa Bosque Nevado, comuna de Pinto. El demandante alegó que el avalúo contenía errores graves, como la asignación errónea de superficies comunes, la inclusión de un bien común inexistente (rol 00880-90001), la clasificación errónea del uso del predio como Hotel‑Motel y la aplicación indebida de las tablas de clasificación. Fundó su reclamo en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 149 del Código Tributario. El tribunal analizó cada causal y constató que, pese a las inconsistencias señaladas, no se configuró una vulneración de los requisitos del artículo 149. En consecuencia, declaró que no había lugar al reclamo y dispuso la no condena en costas, ordenando la notificación mediante publicación en el sitio web del tribunal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.