Civil

Artículo del Código Civil chileno sobre sucesión por causa de muerte.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno sobre sucesión por causa de muerte. Establece que los herederos reciben la herencia o legado de un autor declarado indigno, pero con el mismo vicio de indignidad durante el tiempo restante para completar cinco años.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.