Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Dirección de Presupuestos, relativo a la entrega de información sobre monto de ingresos y recaudación fiscal de concesiones de obras públicas, o en su defecto, se dé correcta aplicación a lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Transparencia. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública respecto de la cual no se alegó la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifique la denegación de lo pedido. Además, lo informado por el órgano no permite satisfacer íntegramente la información pedida. Se rechaza el amparo respecto a “Cuánto es el presupuesto total anual para los ministerios de Salud, Educación, Obras públicas en los años 2024 y 2025”, por cuanto el órgano informó oportunamente la fuente, el lugar y la forma de acceder a lo pedido.