Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza la demanda de precario interpuesta por María Angélica Hernández Zavala en contra de quien ocupa su inmueble. Se establece que cuando el demandado ocupa el bien en virtud de un contrato de arrendamiento celebrado con el anterior propietario, no procede la acción de precario. El tribunal revoca la sentencia apelada de 28 de diciembre de 2022 y rechaza la demanda sin costas. Se determina que la actora debió recurrir a la acción contemplada en el artículo 7 de la Ley N°18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos. La decisión se fundamenta en que el derecho del arrendador ha expirado y existe una relación contractual válida entre el demandado y el anterior propietario.