Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, ordenando la entrega de la información correspondiente a distintos antecedentes asociados a los montos y porcentajes de ingresos al Ministerio de Obras Públicas pagados en todas las concesiones de carreteras. Lo anterior, por cuanto, se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual se descartó la verificación de la hipótesis especial de entrega del artículo 15 de la Ley de Transparencia, al limitarse el organismo a la indicación de las páginas de inicio de los sitios web de la Comisión para el Mercado Financiero y de la Dirección General de Concesiones. A su vez, se tiene presente que se encuentran amparadas por la Ley de Transparencia aquellas peticiones que se refieran a información que puede desprenderse de los registros, antecedentes y fuentes de datos que el organismo mantenga en su poder, cuya respuesta no suponga la imposición de un gravamen a su respecto, ni la configuración de ninguna de las causales de reserva o secreto.