Comercial

Artículo 980 del Código de Comercio, contenido en el párrafo sobre contrato de transpor…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 980 del Código de Comercio, contenido en el párrafo sobre contrato de transporte marítimo, define su ámbito de aplicación. Dispone que las normas del párrafo rigen sin considerar la nacionalidad de la nave, transportador, cargador, consignatario u otras personas interesadas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.