Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de protección deducido por una funcionaria de la Universidad Arturo Prat en contra de la decisión de no renovar su contrata. La demandante alegaba que la no renovación era ilegal y arbitraria, vulnerando su derecho a la vida y a la integridad física, y que contaba con confianza legítima de renovación dada su antigüedad desde 2019. La Corte reconoce que la recurrente goza del principio de confianza legítima por su data y antigüedad, pero señala que esto no impide el cese o no prórroga de la contrata si el acto se encuentra debidamente motivado y fundado. La Universidad justificó la no renovación en la conclusión del proyecto MINEDUC 'Plan de Fortalecimiento Institucional Universidad Arturo Prat' y su financiamiento asociado. Por tanto, la Corte desestima la acción constitucional al encontrar que el acto fue motivado y fundado.