Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había rechazado el recurso de amparo interpuesto por Pastor Joel Solis Hurtado, ciudadano ecuatoriano, contra el Servicio Nacional de Migraciones. La autoridad migratoria rechazó su solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 25009026, ordenando el abandono del país y prohibición de ingreso, por no acompañar certificado de antecedentes penales apostillado ni acreditar el pago de multas por residencia irregular. La Corte sostiene que dicha decisión vulneró el derecho a un procedimiento racional y justo, así como la obligación estatal de proteger y respetar los derechos humanos de los extranjeros. Se destaca que el recurrente lleva varios años en Chile, contaba con residencia temporal previa y tiene arraigo familiar, laboral y social. Los fundamentos de la Administración carecen de razonabilidad y proporcionalidad frente a estas circunstancias. En consecuencia, se acoge el amparo, dejando sin efecto el acto impugnado y otorgando un nuevo plazo de 90 días para subsanar la documentación, debiendo la autoridad ponderar los antecedentes conforme a los parámetros señalados.