Resumen del criterio jurisprudencial
Este es un artículo de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones de Chile que define el tipo de uso de suelo 'Infraestructura', incluyendo transporte, sanitaria y energética. Establece que las redes y trazados se entienden siempre admitidos y regula el emplazamiento de instalaciones según los instrumentos de planificación territorial, con sujeción a normas ambientales y sanitarias.