Resumen del criterio jurisprudencial
INMOBILIARIA LOS PARQUES LIMITADA interpuso reclamo judicial contra la Resolución de Multa N.º 0996/25/71, que impuso sanciones por infracciones 1, 3 y 4. La empresa alegó que los ejecutivos de ventas estaban excluidos de la limitación de jornada, que no debía pagarse salario por diciembre de 2024 a una trabajadora que no prestó servicios, y que la multa 4 vulneraba el principio non bis in idem al coincidir con la multa 2. La Inspección Comunal del Trabajo defendió la legalidad de las multas y la presunción de veracidad de sus constataciones. El tribunal analizó los artículos del Código del Trabajo invocados por ambas partes y determinó que cada multa protege bienes jurídicos diferentes y autónomos. En consecuencia, se rechazó el reclamo y se mantuvieron vigentes las sanciones, condenando en costas a la parte actora.