Administrativo

La DP debe modificar el Artículo 6 del Procedimiento “Tratamiento de dispositivos tipo…

Resumen del criterio jurisprudencial

La DP debe modificar el Artículo 6 del Procedimiento “Tratamiento de dispositivos tipo BESS”, de modo que las unidades con un equipo BESS asociado deben tener un despacho simulado igual a su potencia máxima, reducida en el 4% de reserva base y aumentada en el total de la potencia de reserva entregada por el BESS, con límite en su potencia máxima, es decir, PSim= min∙[PNom(1-4%)+PBESS; PNom]. (por mayoría)

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.