Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción acoge el amparo interpuesto por un médico cirujano venezolano imputado por cuasidelito de homicidio en causa, quien reside en España cursando una especialización médica. El tribunal rechazaba permitir su formalización de forma remota y mantenía una orden de detención. La Corte estima que el imputado se ha puesto a disposición del tribunal conforme al artículo 126 del CPP y que la formalización puede realizarse de forma semipresencial según el artículo 107 bis del COT. Se declaran desproporcionadas las resoluciones recurridas y se deja sin efecto la orden de detención.