Civil

Ley chilena que regula la diligencia de notificación, específicamente el artículo 45 de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley chilena que regula la diligencia de notificación, específicamente el artículo 45 del Código de Procedimiento Civil. Dispone que la notificación se extienda según el artículo 43 y que quien reciba las copias debe suscribirla si puede, dejándose testimonio de su nombre, edad, profesión y domicilio. Establece así una formalidad esencial para la notificación personal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.