Resumen del criterio jurisprudencial
En el contexto del examen físico de un funcionario adscrito al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, solicitado por su empleador, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez está facultada para dirigirse a la comisión médica respectiva para que declare su salud irrecuperable. Para determinar los efectos estatutarios y previsionales de una declaración de salud irrecuperable, habrá que estarse a lo que el organismo competente resuelva sobre la materia.