Resumen del criterio jurisprudencial
Ley que regula el cobro de cotizaciones adeudadas por empleadores afiliados a una Mutualidad de seguridad laboral. Establece que la Mutualidad liquida la deuda, aplica un interés penal del 3% mensual y una multa del 50% de lo adeudado (mínimo medio sueldo vital), con recargo del 50% si la mora ocurre tras un accidente o enfermedad. La liquidación tiene mérito ejecutivo.