Resumen del criterio jurisprudencial
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de General Roca revocó la sentencia de primera instancia que fijaba la pensión de alimentos en el 50% del salario mínimo vital y móvil con un piso del 30% de ingresos. La apelante cuestionó que no se valoró la conducta procesal y parental del demandado, así como las nuevas necesidades de los adolescentes y la violencia económica perpetuada. El tribunal acogió parcialmente el recurso elevando la cuota alimentaria al 35% de los ingresos del alimentante con un piso mínimo del 70% del SMVyM. La decisión consideró las circunstancias socioeconómicas y las necesidades de los menores de edad.