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La nueva normativa amplía a 48 horas el plazo para la Autoridad Marítima y permite requ…

Resumen del criterio jurisprudencial

La nueva normativa amplía a 48 horas el plazo para la Autoridad Marítima y permite requerir registros de cámaras, testimonios e información de georreferenciación sin instrucción fiscal previa.

La ley amplía de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia para Carabineros y la PDI.La Autoridad Marítima podrá actuar dentro de un plazo de hasta 48 horas.Las policías podrán pedir voluntariamente registros de cámaras, información de testigos y datos de georreferenciación sin instrucción fiscal previa.La negativa a entregar antecedentes debe ser comunicada de inmediato al fiscal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.