Penal

Ley que regula la Unidad de Análisis Financiero y el lavado de activos.

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley que regula la Unidad de Análisis Financiero y el lavado de activos. El artículo 36 dispone que los bienes incautados o el producto de decomisos en investigaciones por lavado de activos pueden destinarse, total o parcialmente, a la persecución de dicho ilícito, conforme a los artículos 40 y 46 de la ley N° 20.000.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.