Resumen del criterio jurisprudencial
El artículo 12 del Código Tributario regula las formas de notificación en procedimientos del Servicio de Impuestos Internos. Establece que la notificación por cédula debe contener copia íntegra de la resolución, entregarse en el domicilio del notificado y, en su defecto, dejarse en dicho lugar. Además, dispone que la notificación personal se realiza entregando copia íntegra al notificado y que toda notificación debe constar por escrito con indicación de día, hora, lugar y persona que la recibió.