Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la vii región del maule rechazó la reclamación interpuesta en contra de una resolución que declaró improcedente el pago provisional por impuesto de primera categoría de utilidades absorbidas (ppua) y declaró improcedente la devolución a su respecto y por la determinación de impuesto único por gastos rechazados. en primer lugar, en la sentencia se rechazó la solicitud de inadmisibilidad de antecedentes probatorios, por cuanto el requerimiento de antecedentes contenido en la citación n° 10 de fecha 15.04.2014, no precisó el tipo de documentos solicitados, por lo que la contribuyente no pudo identificar claramente qué documentación debía aportar. en segundo lugar, se desestimó la alegación de falta de fundamentación del acto reclamado, atendido que estos constan de la mera lectura de aquél. finalmente, en cuanto al fondo del asunto controvertido, se determinó por el tribunal que la parte reclamante no acreditó la pérdida tributaria obtenida en el año tributario 2013, verificando que, además, incluyó dentro del resultado de pérdida tributaria de dicho año una pérdida por venta de activos fijos, que la misma parte reclamante reconoce es una pérdida financiera y no tributaria, pues obtuvo una utilidad tributaria por tales operaciones. apelada, la sentencia fue revocada por la iltma. corte de apelaciones de talca y, luego, el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de esta última fue rechazado por la excma. corte suprema.