Resumen
El tribunal desestimó el reclamo presentado por la empresa y confirmó la sanción impuesta por la Unidad de Análisis Financiero, consistente en una amonestación y una multa de 40 UF, por incumplimientos a las obligaciones de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, entre ellos deficiencias en el monitoreo de operaciones de clientes, la falta de medidas reforzadas de debida diligencia respecto de jurisdicciones de riesgo y la omisión de actualizar información relevante ante el organismo fiscalizador.