Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Iquique conoció de un recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente (Zabaleta) contra una resolución del tribunal inferior de fecha 3 de agosto de 2026, que habría denegado una certificación solicitada al Ministro de Fe. El tribunal de alzada, teniendo presente el artículo 70 del Código de Minería y los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, revocó la resolución recurrida y ordenó que el Ministro de Fe efectúe la certificación solicitada. La decisión se adoptó con el voto en contra del Ministro Andrés Provoste Valenzuela, quien estuvo por confirmar la resolución apelada. El fallo se fundamenta en las normas procesales y mineras aplicables, sin mayores consideraciones de fondo. Se trata de una resolución breve que resuelve una cuestión incidental de certificación. El caso no presenta mayores complejidades fácticas ni jurídicas.