Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Pensiones que resuelve una consulta sobre compatibilidad entre una pensión de invalidez otorgada bajo el D.L. N° 3.500 y una pensión de montepío de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA). Concluye que el D.L. N° 3.500 solo establece incompatibilidad entre pensiones de sobrevivencia o invalidez de origen profesional y común, por lo que no existe impedimento para percibir simultáneamente ambas prestaciones.