Resumen del criterio jurisprudencial
Jaime Aquiles Alvarado Coronado interpone recurso de protección en contra de Banco Itaú S.A. por la publicación de una mora en boletines comerciales respecto de transacciones que denuncia como fraudulentas y que se encuentran en investigación por fraude bancario ante el Ministerio Público. El recurrente alega vulneración de derechos fundamentales consagrados en los artículos 19 números 1, 2 y 24 de la Constitución Política. El banco contesta argumentando que las transacciones fueron realizadas desde dispositivo de uso habitual del cliente y que el recurrente no tiene un derecho indubitado amenazado. La Corte rechaza la acción de protección, considerando que no existe vulneración de derechos fundamentales que justifique la medida cautelar solicitada.