Civil

El tribunal de alzada aclaró que no corresponde ordenar restitución de bienes que nunca…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal de alzada aclaró que no corresponde ordenar restitución de bienes que nunca estuvieron en posesión del Fisco, pero mantiene vigente el reconocimiento de la actora como legítima heredera en el cuarto orden sucesorio irregular.

La Corte de Apelaciones revocó la orden de restitución de bienes al verificar que la demandante nunca los entregó al Fisco, pero confirmó su derecho como legítima heredera.El tribunal aplicó los órdenes irregulares de sucesión vigentes en 1999, reconociendo a la demandante como sobrina que hereda por derecho de representación con preferencia al Fisco.La decisión resuelve un punto de derecho procesal: la acción de petición de herencia requiere que el demandado ostente efectivamente la posesión de los bienes, requisito no verificado en este caso.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.