Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de una expropiación de parte de un terreno indígena para la obra Concesión Internacional Ruta 5, Tramo Collipulli-Temuco. La Comisión de Peritos tasó el metro cuadrado en $6.900, totalizando $55.268.000. La demandante, Ana Irene Lincoñir Cumilaf, de ascendencia indígena, reclamó un mayor monto indemnizatorio, incluyendo daño cultural, basado en el Convenio 169 de la OIT y el Decreto Ley N°2.186. El Tercer Juzgado Civil de Temuco rechazó la reclamación, y la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó el fallo. La demandante interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, denunciando infracción a normas legales y de valoración de prueba pericial. La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que no se demostró vulneración de normas reguladoras de la prueba y que los hechos establecidos no podían modificarse. Concluyó que la apreciación de la prueba pericial por los jueces del fondo se ajustó a la sana crítica y que no procedía considerar el daño cultural al no estar acreditado en autos.